miércoles, 25 de noviembre de 2015

principios




                                         ¿ Que es Contrato de trabajo? 



Puede darse cuando en una relación se encuentra reunidos los elementos que lo configuran algunos objetivos son:

Ø  Distinguir entre una persona natural y una persona jurídica.
Ø  Diferenciar entre contrato de trabajo y relación de trabajo.
Ø  Distinguir las formas de terminación de contrato.

El Contrato es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa y diremos que es laboral, cuando además de los elementos de cualquier contrato.

Persona natural
Es todo individuo de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo o condición.

Persona jurídica
Es una persona ficticia capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones entre dos personas jurídicas puede existir un contrato que será de otra naturaleza pero no de trabajo

  • Modalidades de contrato.

  • verbales
  • escritos
  • contrato trabajo realidad




El contrato de trabajo verbal

 Es aquel en el que no se firmó ningún documento, donde los acuerdos son de palabra. En esta forma de contrato no hay documento alguno que sirva como prueba de una cosa u otra, lo que supone una debilidad en caso de que surjan diferencias futuras entre el trabajador y el empleado rato de trabajo verbal.






Contrato de trabajo escrito

El contrato de trabajo escrito está regulado por el artículo 39 del código sustantivo del trabajo, y todo lo que se acuerde debe quedar contenido en un documento, documento que aparte de la firma de trabajador y empleador, no requiere formalidad alguna para su validez, por lo que constituirá prueba por sí sólo para cualquiera de las partes.






Contrato de trabajo realidad
Es aquel que surge de lo que ocurre en la práctica independiente de lo que haya expresado  en un documento, o de la voluntad del empleador hay supuesto.





Contrato de trabajo a término fijo

Como su nombre lo indica, es aquel contrato que nace con una fecha definida de defunción. Desde que se firma el contrato de trabajo se acuerda que ese contrato terminará en una fecha que se ha consignado en el contrato, aunque ello no impide que el contrato sea renovado, ya sea formalmente o automáticamente si se cumplen los preceptos legales para ello.


Contrato a término indefinido

Es el contrato de trabajo que se firma sin acordar o fijar una fecha de terminación. El contrato se extenderá tanto como las partes lo consideren. Por supuesto en este tipo de contrato no cabe la renovación, por cuanto su duración es infinita hasta que una de las partes decida ponerle punto final. Este tipo de contrato está regulado por el artículo 47 del código sustantivo del trabajo.



Contrato de obra o labor

La duración del contrato de obra o labor será el tiempo necesario para culminar una obra o labor. Es una forma de contrato a término fijo, pero la terminación no está dada por fechas sino por el tiempo necesario para terminar la obra o labor contratada.








Contrato ocasional, accidental o transitorio.


En realidad es el mismo contrato de trabajo a término fijo, pero el origen de ese contrato nace en la necesidad de cubrir una actividad temporal, transitoria, accidental,  como puede ser el reemplazo de un trabajador que se fue  a vacaciones, o una empleada que goza de una licencia de maternidad, o para hacer un trabajo temporal en la empresa como tal vez acompañar una auditoria externa que se realizará por un determinado tiempo.





contratista independiente :

es un verdadero empleador cuando reúne los siguientes requisitos.

  • que sea por precio determinado.
  • que asuma a todos los riesgos.
  • que realice la obra con medios propios.
  • que tenga libertad y autonomía técnica y directiva.
  • que se contrate por un precio determinado.
el dueño o beneficiario de la obra también es solidariamente responsable de los salarios y prestaciones sociales de los trabajadores.

contrato de trabajo con establecimientos particulares de enseñanza :

se entiende celebrando por el año escolar a menos que se contrate por un tiempo menor esto es que cuando se habla de año escolar, el termino de duración del contrato sera el del año lectivo no se trata de un contrato a termino fijo.


http://www.ipyme.org/es-ES/ContratacionLaboral




















Importancia de los principios laborales.

Logra un equilibrio entre aquel que solamente tiene su fuerza laboral como medio para obtener una subsistencia digna y el requirente de trabajo humano, que posee la fuerza del capital a la hora de la negociación de las condiciones laborales y salariales, se torna una exigencia necesaria determinar principios diferentes que regularán esta disciplina atípica que sale del molde tradicional del derecho, hasta ese entonces visualizado.
La validez de los principios en el mundo jurídica queda evidenciada con la multiplicidad de fallos que han resuelto serias colisiones de intereses y situaciones reales de injusticia material, recurriendo a este tipo de normas, aunque produzca resistencia tanto por los supuestos efectos económicos como por las disputas de poder que conllevan estas decisiones.



  principios laborales colombianos

1)    Principio de libertad del trabajo.

  Este principio se refiere a la posibilidad de los trabajadores de desempeñarse en la    actividad laboral que a su libre albedrío escoja desempeñar es decir si no existe la  demanda laboral para cada profesión el trabajador por más capacitado que se encuentre  deberá acudir a realizar otras actividades para garantizar su mínimo vital. Estos principios  son para que cada ciudadano se dé cuenta de los principios que ejercen y hacerlos  respetar y que tienen la libertad a la escoger un trabajo todos  los colombianos.


   2)    Principio a la obligatoriedad de trabajo.

Este principio encuentra su pilar en la necesidad de colaboración que debe existir entre, Los miembros de una sociedad para llegar a un desarrollo competitivo internacional y a Su vez mantener un equilibrio social acorde con las necesidades de los ciudadanos, Este objetivo implica que cada uno de los individuos aporte su fuerza laboral Convirtiéndose esto en una obligación social adquirida por el individuo.


3)    Principio de favorabilidad. 

     El conflicto suscitado a raíz de la posibilidad de aplicación de dos o más normas a un caso concreto, entendiendo que un conflicto de normas puede presentarse en dos situaciones, ya sea, en el evento en que dos o más artículos regulen una misma materia, otorgándole efectos divergentes como consecuencia de su aplicación, se elegirá aquella disposición o norma que resulte más benéfica para el trabajador, pues es éste el sujeto considerado como débil dentro de la relación laboral.


4)    Principio a la irrenunciabilidad.

Son beneficios mínimos toma en consideración que el derecho del trabajo se construye sobre normas de orden público, lo cual implica que se imponga la irrenunciabilidad de los derechos otorgados por imperio de la ley.
      Los derechos y prerrogativas en ellas reconocidos se sustraen a la autonomía de la             voluntad privada, por lo que no son disponibles salvo los casos exceptuados.


   5)    Principio de estabilidad.

El principio de la estabilidad supone que el trabajador, en desarrollo de su contrato de trabajo tiene derecho a que mientras se mantengan las causas que dieron origen al vínculo laboral, puede continuar prestando sus servicios, salvo que el empleador de por terminado el contrato de trabajo, en cuyo caso el trabajador tendrá derecho al reconocimiento de una indemnización. La estabilidad en el empleo tiene un doble fin, derivado del principio de seguridad. Por un lado, garantizar un medio para el sustento vital y, por otro, garantizar la trascendencia del individuo en la sociedad por medio del trabajo.
6)    Principio In dubio pro operario.

Es una sola norma que admite dos o más interpretaciones diversas aplicables a un hecho concreto entonces en este caso se toma la interpretación más favorable al trabajador, tratándose esto en Colombia solo puede aplicarse a la norma sustancial que se utilizará en el caso concreto, toda vez que el operador de justicia no puede valorar los hechos y las pruebas sino conforme a la lógica.
                                                                                                                                

7)    Principio de primacía de la realidad.

Es la entrega libre de energía física o intelectual que una persona hace a otra, bajo condiciones de subordinación, independientemente del acto o de la causa que le da origen, tiene el carácter de relación de trabajo, y a ella se aplican las normas del estatuto del trabajo, las demás disposiciones legales y los tratados que versan sobre la materia, al presentarse un conflicto entre la realidad y la forma jurídica contrato de trabajo, prevalecen los hechos de la práctica.
      Podemos citar el vivir diario que afrontan muchos trabajadores de vigilancia, quienes son contratados bajo la modalidad de prestación de servicios, pero que en la realidad se configuran la totalidad de elementos que caracterizan el contrato de trabajo.


 8)    Principio protección del trabajo.

    Es la garantía ofrecida por parte del Estado a fin de salvaguardar el desarrollo del trabajo un caso muy practico en el cual la Corte Constitucional decide tutelar el derecho de los ancianos indigentes, beneficiarios del subsidio que el Estado otorga para su protección, declarando a la Alcaldía del municipio y a la entidad responsable del manejo de los recursos responsables, al no facilitarles la forma del giro de los recursos por no existir entidad bancaria en dicha jurisdicción, poniendo en peligro la subsistencia de los ancianos.

  9)    Principio mínimo vital.

Consiste en mantener la capacidad adquisitiva de los trabajadores  
De no desmejorar su calidad de vida; lo que se busca es dar la opción de progreso está constituido por los requerimientos básicos indispensables para asegurar la digna subsistencia de la persona y de su familia, no solamente en lo relativo a alimentación y vestuario, sino en lo referente a salud, vivienda.



   10)     Principio igualdad de derechos.

Esto constituye un fundamento insustituible del ordenamiento jurídico que se deriva de la dignidad humana, pues resulta de reconocer que todas las personas, en cuanto lo son, no presentan entre sí diferencias sustanciales. Todas, en su esencia humana, son iguales y merecen la misma consideración, con independencia de la diversidad que entre ellas surge por motivos accidentales como la raza, el sexo, el color, el origen o las creencias.



11)    Principio derecho a la seguridad social.
.

 Protege a los miembros más vulnerables de la sociedad. Garantiza que todas las personas accedan a los bienes y servicios mínima mente necesarios para una vida digna. Es obligación del Estado asegurar que todas las personas que habitan su territorio estén protegidas contra accidentes, dificultades y enfermedades. Se debe prestar especial atención a las embarazadas y a los niños pequeños. Es obligación del estado asegurar que reciban alimentación, vivienda y servicios médicos adecuados, y que estén protegidos contra la adversidad.
     .



12)     Principio de condiciones dignas y justas.


     Se convierte en límite a la autoridad pública o privada, y en una garantía para los asociados al expresar la seguridad jurídica propia de un Estado Social de Derecho, impidiendo que las instituciones y entidades encargadas de reconocer y pagar una pensión suspendan de un momento a otro el pago de las mesadas pensionales , o que simplemente, no se cumpla con la palabra dada y el respeto del acto propio, negando pensiones que por derecho se tienen en la sociedad.
     En conclusión todos estos principios son muy importantes porque nos da a conocer el conjunto de normas que debemos tener como ciudadanos y las relaciones entre un empleado y los trabajadores que se debe tener dentro de una organización y que beneficios tenemos dentro de ella como estar afiliados a una caja de compensación para la salud del empleado y de su familia .

                                              
www.scielo.org.co/scielo.php?pidhttp://todolaboral.galeon.com/www.fuac.edu.co/modules.php?name=Downloads&d_op=getit..


Origen de la legislación laboral



Comienza en 1985 y a principios del siglo xx, se apropio la burguesía bancaria y comercial del poder por lo que promueve la industrialización y la acumulación capitalista. El país se transforma por las consecuencias de orden social, económico y político y aparece la clase obrera. En lo social las migraciones comienzan a ser problemas sociales. Por el encabezamiento del costo de la vida se desvaloriza el salario, y en lo político se desarrolla una lucha que permita satisfacer demandas salariales y además que permita la subsistencia. .La primera ley obrera establece que todo trabajador, no será obligado a trabajar mas de ocho horas diarias, el patrón no esta obligado a pagar daños y prejuicios. La segunda ley establece la indemnización pecuniaria por accidentes de trabajo, entre accidentes de trabajo y enfermedad profesional, regula la indemnización en los casos de capacidad total, parcial y de muerte del trabajador y caligrafía el un fortuito.


  Antes de la conquista de América los indígenas ya desempeñaban trabajos, bajo el mandato de sus líderes o caciques. Cuando llegaron los españoles empezaron a explotar a los indígenas en las minas de oro, y en el reinado de Carlos II crearon la “legislación indiana”. Después de la independencia de Colombia, con la presidencia de José Hilario López crea las “leyes sociales”, lo que es conocido hoy en día como el “código sustantivo del trabajo”, son las primeras leyes del trabajo, la mayoría contenidas también el la constitución política de Colombia de 1991. Tres grandes cambios se han incluido en la legislación laboral con:

-Ley 50 (1990): Con esta los trabajadores perdieron grandes derechos como la retroactividad de cesantías, la pensión sanción y la acción de reintegro para los trabajadores con más de 10 años de servicio.
-Ley 100 (1993): Modifico las pensiones e introdujo avances con respecto a la salud.
-Ley 789 (2002): Modifico la liquidación de la jornada de trabajo y las indemnizaciones.



Código sustantivo del trabajo

1. Contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona, natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.
2. Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera, empleador, y la remuneración, cualquiera que sea su forma, salario.
1. Para que haya contrato de trabajo se requiere que concurran estos tres elementos esenciales:
a. La actividad personal del trabajador, es decir, realizada por sí mismo;
b. La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador, que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, e imponerla reglamentos, la cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato. Todo ello sin que afecte el honor, la dignidad y los derechos mínimos del trabajador en concordancia con los tratados o convenios internacionales que sobre derechos humanos relativos a la materia obliguen al país;
c. Un salario como retribución del servicio.
2. Una vez reunidos los tres elementos de que trata este artículo, se entiende que existe contrato de trabajo y no deja de serlo por razón del nombre que se le dé ni de otras condiciones o modalidades que se le agreguen.

Resultado de imagen para codigo sustantivo del trabajo

 
 http://www.ipyme.org/es-ES/ContratacionLaboral/TipoContrato/Paginas/Tiposdecontratodetrabajo.aspxhttp://www.ipyme.org/es-ES/ContratacionLaboral/TipoContrato/Paginas/Tiposdecontratodetrabajo.aspxhttp://www.ipyme.org/es-ES/ContratacionLaboral

45 comentarios:

  1. Buenos dias yeifer tu aporte esta interesante muchas gracias

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  2. Hola Yeifer.
    Buena Presentación Están Muy Claros Tus Aportes.

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  3. buenos dias
    yeifer tus definiciones estan muy claras gracias

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  4. Buenas tardes Yeifer
    Tus opiniones nos ayudan para saber mas del tema .

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  5. Buenas Tardes!

    Para mi es importante opinar acerca de tu blog, ya que a través de él nos das a conocer lo valiosos que son los principios laborales para cada trabajador, porque a través de ellos podemos dar solución a diferentes conflictos que se nos presenten en el entorno laboral

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  6. Buenas Tardes!

    En esta tarde quiero aportar mi idea acerca de tu blog. Es importante saber que como trabajadores tenemos derechos laborales a los cuales podemos recurrir en momentos de conflictos y hacerlos valer en dichos momentos. También está claro que cada principio ayuda a resolver de manera individual o colectiva cada proceso.

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  7. hola buenas tardes

    Es muy bueno tener cada dia el conocimientos de estos principios los cuales nos ayudaran a defender nuestros derechos.

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  8. Buenas Tardes
    Es muy importante para nuestras vidas estar enterados sobre los principios para guiarnos sobre nuestros derechos.

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  9. Tu blog es muy interesante ya que nos da las definiciones claras y bien estructuradas de los principios y me parece muy bien ya que vamos aprender cada vez mas, y nos ayudara para tener una guia, para defender nuestros derechos laborales.

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  10. que buen contenido gracias por compartir tus conocimientos e investigaciones son muy importantes para los lectores..

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  11. Hola Yeifer.

    Me parece muy importante tu blog, ya que de allí sacamos unas buenas ideas.

    Gracias.

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  12. Hola Yeifer

    Gracias por tus aportes son muy interesa y nos ayuda para nuestro aprendizaje

    Maryoris Villorina Sierra

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  13. Buenas Tardes Yeifer

    Muy importante tu aporte ya que nos ayuda a reforzar todos los conocimientos adquiridos, muchas gracias por compartirlo con nosotros.

    Atentamente,
    María Paulina Flórez Hernández

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  14. Hola Yeifer Excelentes tus aportes nos brindan un gran conocimiento para conocer nuestras leyes en campo laboral.

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  15. Buenos Días!

    Tu resumen sobre el Origen de la Legislación Laboral es muy a portante ya que nos da a entender que el trabajo es considerado como un factor de producción que supone el intercambio de bienes y servicios para la satisfacción de las necesidades humanas. Y es por ello que surge la rama del Derecho de Trabajo que no es más que un conjunto de normas de orden público que regulan las relaciones jurídicas que tienen por causa el trabajo.

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  16. Muchas gracias muy Organizado e interesante, me ayudan a tener una mejor claridad, entendimiento sobre lo que son los principios.

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  17. Buenos días,
    muy chévere tu blog en general y muy clara toda la información que nos brindas gracias por el aporte me ayuda a reforzar este tema xde legislación laboral.

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  18. buenos dias
    yeifer tus conceptos estan claros y de un buen entender

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  19. Hola
    muy bueno tu blog muy buenas imagenes y muy bien estructurado y la informacion es muy buena para nuestro aprendzaje

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  20. Buenios Dias yeifer el tema de la legislacion laboral nos lleva a conocer mas y fortalecer nuestro aprendizaje gracias

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  21. Hola
    Tus aportes son muy interesantes y claros.ya que vamos a tener conocimientos sobre el origen.

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  22. Buenos Días Paulina.
    Tus Información Nos Aporta Muchas Cosas Importantes Del Origen.

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  23. Hola, Buenos Dia Yeifer

    tu información sobre los principios laboral son muy importante para que tengamos mas conocimiento sobre el tema.


    Gracias por tus aportes.

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  24. Buenos días Yeifer
    Muchas gracias por tu aporte sobre el origen de la legislación laboral, tienes un blog muy organizado y creativo que nos ayuda a reforzar nuestros conocimientos
    Atentamente,
    María Paulina Flórez Hernández

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  25. Buenos días
    El tema del origen de la legislación laboral nos lleva a mirar más allá de como el trabajo es considerado como un factor de producción que supone el intercambio de bienes y servicios para la satisfacción las necesidades humanas. El saber de los antepasados de la historia del trabajo, como fueron dejando sus trabajos costumbristas y también la esclavitud para una mejor estabilidad laboral y emocional, nos incita a que cada día seamos personas más comprometidas con el desarrollo de nuestro municipio, departamento y nación.

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  26. Hola me parece que tu aporte esta muy completo y claro, gracias.

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  27. Hola buenas tardes
    me parece que hemos aprendido bastante sobre estos temas , son muy completos y nos ayudan a adquirir cada dia mayor conocimiento para luego ser aplicado de manera clara y correcta.

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  28. Buenas Noches
    Me parece que están muy bien estructurados y nos dan la información correcta para alimentar nuestro conocimiento con ayuda de los blogs.

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  29. Muchas gracias muy interesantes, me ayudan a tener una mejor claridad, entendimiento sobre el origen de la legislación laboral.

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  30. Buenos dias
    puedo concluir que los contratos de trabajo son muy valiosos en una relación de trabajo .Debemos de tener en cuenta que todos los contratos de trabajo son diferentes, solo se asemejan en unas y otras cosas, y lo que busca es el bienestar de ambas partes contratantes.

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  31. Buenos Días Yeifer muy interesante tus aportes nos ayuda mucho a tener mejor el conocimiento y para brindarlos a otras personas esta información.

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  32. Buenos dias

    tus aportes estan muy interesantes por que nos dan mas conocimientos para aplicarlos en nuestros campos laborales

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  33. Bueno Días Yeifer Tu Información Sobre Los Contratos Laborales Esta Muy Completo Para Nosotros Y De Este Podemos Coger Un Poquito Para Nuestro Aprendizaje.

    Gracias Por Compartilo.

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  34. informacion muy importante gracias por tu aporte

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  35. Buenos días, es importante resaltar que tienes claro los conceptos de contrato laboral, donde traes a colación que es un acuerdo de voluntades, elementos esenciales, modalidades, obligaciones del trabajador y empleador.

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  36. Buenos días,
    tus aportes sobre el contrato laboral son claros e importantes, ya que podemos aprender y resaltar nuestras dudas, y además nos ayuda a complementar la información.
    Gracias.

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  37. Buenos días, gracias por tu aporte me parece muy interesante e importante para nuestro aprendizaje pues nos ayuda a complementar más las información y así tener conocimientos en el tema de los contratos laborales.

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  38. Buenos dias
    puedo concluir que los contratos de trabajo son muy valiosos en una relación de trabajo .Debemos de tener en cuenta que todos los contratos de trabajo son diferentes, solo se asemejan en unas y otras cosas, y lo que busca es el bienestar de ambas partes contratantes.

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  39. Buenos Días!

    Es muy a portante tu concepto sobre el contrato de trabajo, debemos tener también en cuenta que es un eje fundamental de los derechos humanos. Es el reconocimiento, respeto y promoción pero sobretodo es el sentido de propiedad de cada persona.

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  40. Buenos Días Yeifer
    Me parece muy interesante tu aporte, ya que de esto podemos aprender y diferenciar los diferentes tipos de contratos laborales.

    Muchas gracias por compartir tu aprendizaje

    Atentamente,
    María Paulina Flórez Hernández

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  41. Gracias compañero por tu información esta muy interesante y todo me ha quedado muy claro.

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